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El perito judicial frente al marketing

La Justicia es un microcosmos con unas reglas rígidas que no siempre han permitido desplegar, en toda su extensión, las técnicas de marketing y promoción que se utilizan en el mundo digamos terrenal. Hay que recordar que hasta hace relativamente poco, la normativa colegial de los abogados, por poner un ejemplo, vetaba la publicidad como medio de promoción idóneo para ofertar sus servicios. Ahora, por suerte, la normativa ha quedado liberalizada, y se permite ya la utilización los diferentes medios e instrumentos promocionales para conseguir algo tan legítimo e inherente a cualquier sociedad desarrollada como tener más clientes y generar un mayor volumen de negocio.

La situación de los peritos que trabajan ante los Tribunales ha tenido una evolución parecida a la de los abogados. Durante los 112 años que separan el 1888 y el 2000, los peritos de cualquier especialidad que actuaban ante las diferentes jurisdicciones sólo podían ser escogidos por los propios Tribunales, lo que significaba que requerían de una nula promoción de su actividad, puesto que el solo hecho de contar con la confianza de varios jueces de un partido judicial (o incluso de los mismos oficiales que trabajaban en esos Juzgados) ya les aseguraba la aceptación de cargos como peritos forenses, y por tanto les allanaba el camino para la obtención de trabajo.

El año 2000 nos regaló la Ley de Enjuiciamiento Civil, que modificó sustancialmente la manera de designar al perito dentro del proceso civil, de tal suerte que la decisión última de su designa -y por tanto, de su contratación- pasó de las manos de los jueces a las de los abogados. El cambio fue radical, puesto que a partir de esta Ley procesal (LEC), los abogados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 336.1 de esta ley, tienen el deber de presentar los dictámenes periciales que estimen necesarios y convenientes para la defensa de sus derechos junto con sus demandas o contestaciones. Por tanto, ahora, la decisión de cuál es el perito escogido para elaborar un dictamen pericial que va a incorporarse a una Demanda judicial la toma, eminentemente, el abogado que dirige ese asunto, y nadie más.

Este nuevo statu quo obligó a los peritos a levantarse del cómodo sofá en el que la anterior LEC les había apoltronado (con riesgo de obesidad mórbida), a llenar sus carteras de tarjetas de visita, elaborar su curriculum, y empezar a llamar a las puertas de los despachos de abogados para ofertar sus servicios, pero sin saber realmente cuál era la mejor manera de darse a conocer. Términos como competencia, promoción, marketing, imagen, innovación o actualización, tuvieron que entrar a marchas forzadas en el diccionario del perito, so pena de desaparecer del mercado en el que tan cómodamente se habían instalado.

Así pues, si el perito ya antes trabajaba con profesionalidad, honestidad, objetividad y eficacia, desde el año 2001 tiene, además, que demostrarlo, enseñarlo y difundirlo de la manera más efectiva posible, configurándose un sello propio que atraiga a sus potenciales clientes (abogados) y lo diferencie de los demás expertos de su misma especialidad, incitando a ser contratado por los letrados cuando sean precisos esos conocimientos técnicos específicos. Deberemos convencer a los abogados de nuestra valía como expertos forenses, de que podemos ofrecerles un servicio objetivo y ajustado a sus necesidades, y de que nuestra opinión dejará mella en la mente del juez, pues mediante nuestras argumentaciones técnicas escritas y orales, podremos convencerlo de que su sentencia se apoye en nuestras tesis, por ser las más sólidas.

Expuesto qué es lo que el perito debe difundir, se hace necesario ahora saber cómo puede hacer el perito para que el abogado sucumba a sus virtudes. Ahí van varias ideas:

  1. Es importante que el abogado sepa de la capacidad del perito para darle apoyo técnico a sus argumentaciones jurídicas: deberá saber que no sólo vamos a ceñirnos a elaborar un voluminoso y contundente dictamen pericial para ser presentado junto con su demanda o contestación, sino que somos versátiles, pues nuestro asesoramiento pericial va a cubrir, también, otros importantes aspectos. Llegado el caso, podremos ayudar al abogado a:
  • Valorar el dictamen presentado de contrario, y asesorarle en la mejor manera de cuestionarlo, llegado el caso.
  • Criticar el método técnico o científico utilizado por ese perito.
  • Encontrar las contradicciones o puntos débiles del dictamen del perito contrario, para que el abogado pueda destacarlos durante la fase de crítica del mismo.
  • Formular las preguntas al otro perito, o incluso las cuestiones que puede formularnos a nosotros durante la Vista Oral.
  • El perito podrá incluso asesorar al abogado valorando la oportunidad de iniciar o no un procedimiento judicial, a la vista de lo que puede considerarse como una endeble fundamentación técnica del asunto que se pretende defender jurídicamente (lo que se viene a llamar la pericial preventiva).
  1. El abogado debería conocer que, como peritos, estamos al día en las últimas técnicas o protocolos de nuestra especialidad, que publicamos asiduamente artículos en revistas de nuestra especialidad, que asistimos a cursos de formación continua, a congresos, que hemos realizado y realizamos ponencias, que intervenimos en estudios o ensayos concretos, ya sea a nivel nacional o internacional.

  2. Deberemos recordarle que pertenecemos a prestigiosas y reconocidas Asociaciones profesionales de peritos, que nos han admitido como miembros por nuestra experiencia y profesionalidad, que tienen un código ético respetado y de obligado cumplimiento para todos aquellos que estén adheridos a ellas, y que la admisión en su seno se ha basado en criterios objetivos a la vez que rigurosos. No puedo aquí dejar de referirme a la Asociación catalana de peritos judiciales y forenses (www.perits.org), con más de 25 años de antigüedad, y que en estos momentos me honro en presidir, que tiene unas normas éticas asentadas y un Reglamento disciplinario aprobado desde hace años, aplicado por una Comisión de Deontología Profesional que se encarga de dar curso a las quejas que se pueden interponer.

  1. Hemos de ensalzar que como peritos tenemos una dilatada experiencia en el ámbito forense. Saber moverse por los Juzgados es fundamental y es algo que nos puede diferenciar de otros expertos. Así, conocer los plazos de entrega de un dictamen ante un Juzgado, cómo redactarlo para que se entienda, qué gestiones previas deben realizarse, cuál debe ser nuestra relación con los diferentes operadores jurídicos que intervienen en el proceso, cómo exponer nuestro dictamen ante el Tribunal, cómo debemos comportarnos ante el foro, etc, son cuestiones importantes y que deben demostrarse en todo el proceso que va desde la designa como peritos hasta la fase final de ratificación de nuestra opinión en sede de Vista Oral.

  2. Hemos de recordar al abogado que estamos al día en los sistemas de comunicación y promoción. Actualmente, ya nadie duda de que una página web es un instrumento imprescindible para ofrecer nuestros servicios y vendernos al exterior. Pero no hablamos de una página estática y fría, sino una web que combine actualización, realidad, seriedad, profesionalidad, objetividad, experiencia, y que sea además un reflejo fiel de quienes somos y de lo que hacemos.

  3. Hemos de utilizar y sabernos mover en las redes sociales, y que las utilizamos para comunicarnos con el exterior, para exponer de manera fiel cómo trabajamos en nuestro día a día, que tenemos capacidad para generar noticias y para difundir actualizaciones propias de nuestra especialidad. Y evidentemente, se trata de un canal que también nos puede generar negocio y clientes.

  4. Si bien es cierto que los honorarios son libres y que todo se basa en el acuerdo entre las partes, mi opinión es que el precio también juega -ahora más que nunca- un papel fundamental a la hora de escoger al perito, y que ello no tiene porqué causar una merma en la calidad de nuestro servicio forense. Por ello, entiendo que para seguir estando en el mercado, los honorarios periciales deben ser competitivos. Porque la crisis económica, unida a la instauración de unas medidas fiscales gravosas que no favorecen el acceso a la Justicia, ha obligado a que todos los que intervenimos en un proceso judicial a ser ponderados a la hora de fijar el precio de nuestros servicios.


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